Reducción de caída de ingresos al 50% para optar a las ayudas para autónomos

Se ha llegado a un acuerdo entre el gobierno y asociaciones de autónomos para prorrogar los Ertes y ayudas a trabajadores por cuenta propia hasta el 31 de mayo.

El sector de la hostelería es uno de los más afectados por las medidas de restricciones anticovid, por eso este tipo de medidas pueden ayudar a la subsistencia de muchos bares y restaurantes de todo el territorio nacional.

La primera de las decisiones es el aplazamiento de la subida de la cuota del Reta que había previsto para este año. Suponía un aumento de entre 3 y 12 euros mensuales.

Una de las novedades de este nuevo decreto es la eliminación de exigencia de haber recibido con anterioridad la ayuda hasta el 30 de junio. A partir del 1 de febrero cualquier autónomo que cumpla los requisitos podrá optar a dichas ayudas.

La otra novedad es la reducción del 75% al 50% la caída de ingresos para cobrar las prestaciones y la exoneració de la cuota de autónomos de hasta el 100%.

Esta es la forma con la que el gobierno quiere ayudar a los negocios, que en función de las medidas anticovid de cada comunidad autónoma, ven reducidos sus aforos y horarios.

La nueva norma contempla cuatro casos en los que el autónomo pueda acceder a las ayudas por cese de actividad

 

1º la prestación para los autónomos que se vean obligados suspender sus actividades por restricciones frente a la COVID.

En este caso recibirán el 50% de la base mínima de cotización que corresponde a la actividad. Igualmente quedará bonificada el 100% de la cuota mensual de autónomos.

2º la prestación por restricciones horarias y de aforo:

Para recibir el 50% de la base de cotización , se deberá acreditar en el primer semestre del 2021 una reducción de ingresos inferiores al 50% respecto al primer trimestre de 2020. Y también quedará exento del pago de la cuota autónomos.

3º la prestación extraordinaria para los autónomos de pocos ingresos aún manteniendo la actividad.

En este caso demostrando la caída de ingresos superior al 50% de la actividad que permanece activa, se podrá optar a recibir el 50% de base de cotización.

4º la prestación extraordinaria por cese de actividad para los trabajadores de temporada.

En este caso se dirige a los trabajadores por cuenta propia que cotizaran en el 2018 y el 2019 de 4 a 6 meses cada uno, y con un mínimo de dos meses en el primer semestre de cada uno de ellos.

En este caso, recibirán el 70% de la base mínima y no estarán obligados a cotizar al Reta.

Como siempre recomendamos desde traspasobar.com ,  consulte con su gestoría todas estas nuevas normas y la posibilidad de acceso a ellas.

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